El mobbing es un término ingles que se puede traducir como el acoso moral hostigamiento psicológico, asedio o intimidación que sufre una persona (víctima) por la acción de otra u otras (acosadores o agresores), sean sus compañeros de trabajo (mobbing), sean los propios empresarios (bossing). En esta ponencia se va a proceder a definir esta conducta, tanto desde el punto de vista psicológico, como gramatical, profesional y laboral para, partiendo de sus antecedentes, tratar de delimitar las características que revisten tales comportamientos. Se va también a distinguir lo que constituye propiamente “acoso moral en el trabajo” con el conflicto laboral común, que consecuencia de defectuoso uso de las facultades empresarieles. A continuación se va a exponer su regulación legal y especialmente, su tratamiento jurisprudencial, para acabar examinando las cuestiones relativas a la figura de la extinción indemnizada del contrato, via artículo 50 ET, así como determinadas cuestiones prácticas, como la posibilidad de solicitar una indemnización adicional por esta causa o las características que debe revestir la demanda.
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